LA FINANCIACIóN SINGULAR (Y II): LAS LLAVES DE LA CAJA

"Volem les claus de la plaça Letamendi"- queremos las llaves de la plaza Letamendi, sede central de la Agencia Estatal Tributaria en Cataluña. Con este eslogan, Àrtur Mas, entonces en 2012 presidente de la Generalitat, exigía un "pacto fiscal que diese resultados equivalentes al del concierto económico". Ya antes del "procés per la independència" existía un interés palpable del independentismo por controlar la Agencia Tributaria. Esto no sólo era una cuestión de dinero, sino también de información y poder.

Aquí conviene recordar que algunos casos de corrupción, como el caso Palau, se descubrieron precisamente por la investigación de la Agencia Tributaria, en ese caso, siguiendo el rastro de billetes de 500 euros. Una organización que siguiese consignas políticas, o que simplemente tuviese menos capacidad técnica, es probable que no lo hubiese descubierto. En 2014, el ex presidente de la Generalitat, Jordi Pujol confesaba, precisamente, haber cometido fraude fiscal. Entonces escribía en El Mundo al respecto que: "En una cosa no deberíamos confundirnos: la culminación del procés para la independencia llevaría a que una élite se quedase fuera de cualquier control." Porque ya entonces, el objetivo de la impunidad ya estaba presente. Posteriormente, ya en tiempos de Puigdemont, no sólo se intentaría montar una Hacienda propia a toda prisa, sino también que el president de la Generalitat eligiese a los jueces del Tribunal Supremo de Cataluña, que iba a ser la máxima instancia, acabando con la separación de poderes. Esto es lo que estaba previsto en las leyes de desconexión sobre las que ha recaído no sólo la amnistía sino también la amnesia, tal vez interesada, de algunos.

Por supuesto, la primera exigencia tanto de ERC como de Junts es la "recaudación del 100%" de los impuestos pagados en Cataluña. Esta exigencia se plasmó tanto en los acuerdos con el PSOE como también en la propuesta de ERC relativa a la financiación singular. El principal problema de esta exigencia es que la Generalitat no tiene una Administración Tributaria capaz de gestionar los impuestos de los catalanes. En el caso vasco y navarro, la situación fue completamente distinta. Aquí, ya se partía de una administración Tributaria en Álava y Navarra, heredada del franquismo. Con la Transición, se devolvió el Concierto Económico a Vizcaya y Guipuzcoa, a las que Franco había declarado "provincias traidoras", y las cesiones de gestión se fueron haciendo con los años. Así el IVA se implantó en 1986 al mismo tiempo que en el resto de España, y una década después, Aznar y Rato traspasaron los impuestos Especiales (cuyo traspaso prohibía expresamente el primer concierto de la Democracia). Aun así, el coste de la administración tributaria vasca es un 80% superior, en función del PIB, al de la Agencia Tributaria, que además se encarga de más funciones, como control de grandes empresas o aduanas.

Además del aumento de costes, derivado de las inevitables duplicidades, otro efecto directo de la Hisenda pròpia sería el aumento del fraude. Esto no sólo lo señalan los que saben de esto, es decir los inspectores de Hacienda, sino que tampoco se le escapaba al propio Consell Asessor per la Transició Nacional, que en sus informes recomendaba ampliar el plazo de prescripción cuando se instaurase una Hacienda propia porque el fraude, "en un primer momento" se dispararía. Aquí se puede ver otro elemento bastante inevitable y es que los servicios prestados, y los derechos de los contribuyentes también sufrirían y mucho por la desaparición de la Agencia Tributaria del Estado de Cataluña.

La solución a todos estos problemas que propone el independentismo es traspasar forzosamente la Delegación Especial de la Agencia Estatal a la Generalitat. Por supuesto, esto no soluciona los problemas. Si ya en el Procés hubo fugas de empresas, ahora habría fugas de grandes contribuyentes, empresas, y también de funcionarios cualificados. Aquí hay que recordar que Cataluña tiene los tipos más elevados en el principal impuesto en el que tiene competencias, el IRPF (especialmente en los que menos ganan), en los impuestos totalmente cedidos, y tiene el mayor número de impuestos propios. Esto supone más presión fiscal directa, pero también indirecta. Tampoco se pude excluir el riesgo de fragmentación de la base de datos, y de multiplicación de obligaciones formales para las empresas y contribuyentes. Aunque muchos no lo quieran creer, el coste de ceder la llave de la caja no es pequeño, y se pagaría también en Cataluña.

Esta nueva fase del procés per la Indenpendència tendría un coste superior a las anteriores, que también parece haberse olvidado. En 2017, el PIB per cápita de Cataluña era del 119% del total nacional, en 2022 sólo del 116,5%. En ese mismo periodo, Madrid cayó, pero sólo un 0,5%, pasando del 137% al 136,5% de la media nacional. La fuga de empresas y talento no es gratis.

La cesión del 100% de la recaudación de los impuestos en Cataluña es la piedra angular de la "financiación singular". Y esto sólo es posible fragmentando la Agencia Tributaria. Esto, como hemos expuesto tendría unos costes que los independentistas no se molestan en contemplar. Y aunque a corto plazo, "temporalmente" se mantuviese una cierta solidaridad, el resultado sería muy lesivo para los intereses generales. En primer lugar, porque el aumento de costes y el aumento del fraude supondrían menos recaudación efectiva a corto plazo. En segundo lugar, porque la negociación subsiguiente llevaría a la reducción de las cuantías a pagar no ya por solidaridad, sino incluso por los servicios e inversiones realizados en Cataluña. Esto no sólo es una ruta hacia ninguna parte, sino que tiene problemas graves de encaje constitucional. Aquí no sólo hay una falta de previsión expresa, como la Disposición Adicional 1ª para los territorios forales (que se ha interpretado de una forma bastante absurda como comentamos la semana pasada) sino que dejaría al Estado sin capacidad de cobrar los principales impuestos sobre casi el 30% de la actividad económica en España. Esto no ocurre en ningún lugar del mundo, y es difícilmente compatible con los apartados 1 y 2 del artículo 133 de nuestra Carta Magna que establece que la potestad originaria para establecer tributos le corresponde al Estado, y que las CCAA y las entidades locales también pueden establecer y exigir tributos de acuerdo con las leyes. El traspaso de la Agencia Tributaria a Cataluña simplemente privaría al Estado de exigir tributos en Cataluña, y eso es incompatible con el artículo 133 de la Constitución.

Por cierto, el fundamento normativo para que el Tribunal Constitucional en su reciente sentencia 149/2023 considerase conforme a nuestra Carta Magna, el que el Estado crease el impuesto de Grandes Fortunas y lo exigiese la Agencia Tributaria es precisamente este artículo 133 de nuestra Carta Magna.

Todos estos problemas se mantendrían con una versión de máximos del "consorcio tributario" previsto en el artículo 204 del Estatuto, que se debía haber establecido, como muy tarde, en 2008. Dos años antes, en uno de los escasos análisis de esta institución, un compañero inspector, José María Echevarrieta, y yo, señalábamos que para su puesta en marcha era imprescindible reformar la Ley Orgánica de Financiación de las CCAA, por exigencia directa del artículo 157.3 de la Constitución. No se ha hecho, y el consorcio se ha convertido en un mito que nadie sabe exactamente lo que es.

Pero, del consorcio, que podría ser el todo o la nada, hablaremos otro día. Hoy la conclusión es simple: las llaves de la caja, el punto fundamental de la financiación singular, son el principio… del final de muchas cosas, la solidaridad interterritorial, entre ellas, a un coste, y no sólo económico, que pagaríamos casi todos, y muchos catalanes, también.

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