CANTIDAD MáXIMA DE DINERO EN EFECTIVO QUE SE PUEDE GUARDAR EN CASA: ESTO DICE LA LEY

Vivimos en la era del dinero digital: podemos pagar todo tipo de productos y servicios con métodos telemáticos (incluso algo tan tradicional como el pago de impuestos como la Renta puede hacerse así) que tienen ventajas como la rapidez y la mejor trazabilidad del dinero. Pero, con todo, el dinero en efectivo sigue siendo muy valorado entre una parte numerosa de la población.

De hecho, una práctica más habitual de lo que podemos pensar en un primer momento es la de mucha gente que optar por guardar dinero en efectivo en su casa. Es lo que se ha denominado de forma tradicional guardar dinero en efectivo 'bajo el colchón' y se hace con el objetivo de poder acceder a un colchón de emergencia en casos urgentes.

Tener dinero 'bajo el colchón' guardado en casa es una práctica completamente legal, aunque lo cierto es que las autoridades vigilan de cerca el uso de ese dinero, dado que se le vincula de forma recurrente a la economía sumergida. Es por eso que a veces surgen preguntas como, por ejemplo: ¿cuánto dinero en efectivo se puede guardar en casa?

La respuesta es sencilla: no hay limitaciones para guardar dinero en efectivo en nuestro domicilio. Tan solo hay que cumplir con lo que dice la ley, que no es ni más ni menos que declarar su origen de forma correcta.

Cómo declarar el dinero en efectivo 'bajo el colchón'

La forma adecuada de declarar el origen del dinero que una persona tiene 'bajo el colchón' en su domicilio es mediante la declaración de la Renta, cuya Campaña 2023-2024 empezará en solo unos días.

La dinámica es sencilla: cuando acceda al borrador (existen tres formas diferentes de conseguirlo) el contribuyente debe asegurarse de que esas cantidades que ahora tiene en casa aparecen correctamente reflejadas en sus ingresos. Y, en paralelo, indicar el origen de ese dinero: si tienen su origen en rendimientos del trabajo, de capital mobiliario, de capital inmobiliario, ganancias patrimoniales...

Hacienda vigila el dinero en efectivo

Lo cierto es que la Agencia Tributaria tiene diferentes mecanismos para vigilar el dinero en efectivo. Uno de los procesos es a través de los bancos, que están obligados a informar el organismo de los movimientos que afecten a billetes de 500 euros o que impliquen retiradas o ingresos de efectivo de 3.000 euros o más.

El mandato de los bancos aparece recogido en la Ley General Tributaria, que en su artículo 93 (puede consultarlo en este enlace) deja claro que las entidades bancarias están obligadas a facilitar "toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas".

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