LLEGA LA HORA DE HACER LA DECLARACIóN DE LA RENTA, Y TE PUEDES DESGRAVAR LA COMPRA DE UNA MOTO O COCHE ELéCTRICOS, ¡E INCLUSO DEL PUNTO DE RECARGA!

Ya está aquí de nuevo, la temida Declaración de la Renta, pero por suerte si te has comprado una moto eléctrica, o un coche eléctrico, te saldrá algo menos doloroso…

El 3 de abril se pone en marcha la campaña para presentar la Declaración de Renta 2023 de las personas físicas, en la que hay que hacer balance fiscal de nuestros ingresos y gastos desgravables.

La gran novedad de esta campaña es que, si has comprado una moto eléctrica (un ciclomotor no) o un coche eléctrico, tienes derecho a descontarte un 15% de su valor en el IRPF.

Sí, es una nueva deducción del 15% del IRPF por la compra de un vehículo eléctrico en 2023. De este modo puedes recuperar un quince por ciento del valor del vehículo con un tope de 3.000 euros.

Es una muy buena noticia para todos los que hayan comprado una moto o cuadriciclo, aunque por desgracia los que hayan comprado un ciclomotor no gozarán de este descuento.

Pero hay más descuentos, y es que podrás desgravarte hasta el 15% (con un límite de 4.000 euros) por la instalación de un punto de recarga en tu domicilio.

O sea que si te has comprado una moto eléctrica y, además, has instalado un punto de recarga en tu garaje o plaza de parking, puedes descontarte un 15% del IRPF de cada uno de ellos. ¡Esto son muy buenas noticias!

Contando que un punto de recarga más su instalación puede ascender a un coste de unos 1.400 euros, estamos hablando de una desgravación total de 210 euros.

Y si te has gastado 12.000 euros en una moto o scooter eléctrico, la desgravación puede llegar a ser de 1.800 euros. Si sumas ambas cantidades estamos hablando de unos buenos 2.000 euros.

Hay que recordar que este beneficio del 15% del IRPF se suma a las ayudas del Plan MOVES III por la compra de una moto eléctrica o coche eléctrico, que en el caso de la moto son 1.100 euros, y llega hasta los 1.300 euros si se achatarra una moto.

Pero este importe del MOVES no es un descuento “integro” porque las ayudas del Plan Moves III otorgadas por el Gobierno deben declararse a Hacienda como ganancia patrimonial y, por lo tanto, están sujetas a gravamen. Estas cantidades ingresadas incrementarán la base imponible que tributará en función de los tramos del impuesto. Ya publicamos un artículo explicando este tema y que os invitamos a repasar.

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